La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó la modificación del Código Contravencional con el objetivo de endurecer las sanciones contra la actividad de los cuidacoches no autorizados y regular el uso de dispositivos de vapeo en espacios públicos cerrados. El legislador porteño Pablo Donati fundamentó los cambios en las normativas vigentes y detalló el nuevo esquema de penalidades que incluye arrestos, multas y trabajos de utilidad pública. Durante una entrevista especial concedida a la mesa periodística de Radio Buenos Aires AM 1350, el diputado explicó el alcance de las reformas a los artículos 91 y 92 de la Ley 1472.
Con respecto a las nuevas sanciones económicas y de detención para quienes ejercen la actividad de cuidacoches, el legislador diferenció el nuevo marco regulatorio de las legislaciones anteriores. Al respecto, Donati puntualizó: "Es una agravación de las penas que son contravencionales, es decir, seguimos hablando dentro del espacio contravencional, nada es penal, nada deja antecedentes penales". Asimismo, precisó la variación de los montos y los plazos de cumplimiento al señalar que las medidas previas "invitaban a seguir cometiendo delitos porque prácticamente no tenían ningún costo. Eh, penas de arresto que anteriormente eran de uno a dos días en el artículo 91, pasan ahora a tener de 10 a 30 días en los casos básicos".
De acuerdo con el análisis del representante de la Ciudad, el espacio público debe mantener su carácter colectivo frente a las dinámicas de organización informal. Donati especificó la postura oficial del ejecutivo local al manifestar: "Lo primero que digo de manera contundente es que el espacio es público y es de todos. Eh, y eh como decíamos cuando éramos chicos, la la la la calle la vereda la vereda no es de nadie, es de todos". En relación con el destino de las personas afectadas por la prohibición, añadió que la ley contempla un marco de reinserción: "La ley lo que lo que considera, sí, es que es que esta gente se acerque al gobierno de la ciudad, no lo tengo ahora a mano cuál es el mecanismo que específica porque además quedó para reglamentar eso por parte del poder ejecutivo, pero que se acerque al gobierno de la ciudad para que el gobierno de la ciudad le encuentre o le dé eh un sostén eh eh administrativo para encontrar una salida laborable".
En el tramo final de su exposición, el legislador abordó los detalles de la denominada "ley de vapeo", orientada a equiparar las restricciones de los productos emergentes de nicotina con las regulaciones del tabaco tradicional por cuestiones de salud pública. Al evaluar los alcances de la prohibición de consumo en menores y oficinas estatales, Donati concluyó: "Lo que prohíbe la ley es el vapeo en lugares públicos cerrados en en en en lugares este obviamente oficiales eh obviamente a menores de 18 años este la venta de cualquier producto tiene un tratamiento especial todo todo lo que sean residuos vinculados con estas cuestiones".
Podés escuchar la conversación completa con el diputado en nuestro canal de YouTube: Radio Buenos Aires.
Con respecto a las nuevas sanciones económicas y de detención para quienes ejercen la actividad de cuidacoches, el legislador diferenció el nuevo marco regulatorio de las legislaciones anteriores. Al respecto, Donati puntualizó: "Es una agravación de las penas que son contravencionales, es decir, seguimos hablando dentro del espacio contravencional, nada es penal, nada deja antecedentes penales". Asimismo, precisó la variación de los montos y los plazos de cumplimiento al señalar que las medidas previas "invitaban a seguir cometiendo delitos porque prácticamente no tenían ningún costo. Eh, penas de arresto que anteriormente eran de uno a dos días en el artículo 91, pasan ahora a tener de 10 a 30 días en los casos básicos".
De acuerdo con el análisis del representante de la Ciudad, el espacio público debe mantener su carácter colectivo frente a las dinámicas de organización informal. Donati especificó la postura oficial del ejecutivo local al manifestar: "Lo primero que digo de manera contundente es que el espacio es público y es de todos. Eh, y eh como decíamos cuando éramos chicos, la la la la calle la vereda la vereda no es de nadie, es de todos". En relación con el destino de las personas afectadas por la prohibición, añadió que la ley contempla un marco de reinserción: "La ley lo que lo que considera, sí, es que es que esta gente se acerque al gobierno de la ciudad, no lo tengo ahora a mano cuál es el mecanismo que específica porque además quedó para reglamentar eso por parte del poder ejecutivo, pero que se acerque al gobierno de la ciudad para que el gobierno de la ciudad le encuentre o le dé eh un sostén eh eh administrativo para encontrar una salida laborable".
En el tramo final de su exposición, el legislador abordó los detalles de la denominada "ley de vapeo", orientada a equiparar las restricciones de los productos emergentes de nicotina con las regulaciones del tabaco tradicional por cuestiones de salud pública. Al evaluar los alcances de la prohibición de consumo en menores y oficinas estatales, Donati concluyó: "Lo que prohíbe la ley es el vapeo en lugares públicos cerrados en en en en lugares este obviamente oficiales eh obviamente a menores de 18 años este la venta de cualquier producto tiene un tratamiento especial todo todo lo que sean residuos vinculados con estas cuestiones".
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